Opción de compra

Derecho a comprar un inmueble en un plazo y precio pactados. Útil para reservar decisiones, pero exige condiciones y penalidades claras. Aporta precisión terminológica para comunicar procesos y condiciones del mercado inmobiliario.

Descripción

La opción de compra es un contrato por el cual el propietario de un inmueble —llamado concedente u optante pasivo— se obliga a mantener vigente una oferta de venta a favor de otra persona —el optante— durante un plazo determinado y a un precio ya fijado. El optante no está obligado a comprar, pero si decide ejercer la opción dentro del plazo pactado, el concedente no puede negarse a vender ni modificar las condiciones.

La asimetría es su característica esencial: el optante tiene un derecho, no una obligación; el concedente tiene una obligación, no un derecho. Esta asimetría se compensa habitualmente con el pago de una prima o contraprestación por parte del optante al momento de suscribir el contrato de opción, que puede ser a cuenta del precio de compra o perderse si el optante decide no ejercer la opción.

En el mercado inmobiliario peruano, la opción de compra se utiliza en situaciones donde el comprador necesita tiempo para obtener financiamiento, realizar una due diligence técnica o legal, esperar la resolución de una condición suspensiva, o simplemente reservar una oportunidad de inversión mientras toma la decisión final. Su eficacia frente a terceros depende de si se inscribe o no en SUNARP.

Los tres escenarios posibles al vencer el plazo

El optante ejerce la opción

El optante notifica al concedente dentro del plazo su decisión de comprar. El concedente está obligado a formalizar la transferencia en las condiciones pactadas. La prima pagada se descuenta del precio final si así fue acordado. Se procede a minuta, escritura pública e inscripción en SUNARP.
 

El optante no ejerce la opción

El plazo vence sin que el optante comunique su decisión de comprar. El contrato de opción se extingue. El concedente recupera la libertad de vender a quien desee y retiene la prima recibida como compensación por haber inmovilizado el inmueble durante el plazo pactado.
 
 

El concedente incumple

El concedente vende el inmueble a un tercero durante la vigencia de la opción o se niega a transferir cuando el optante la ejerce. Si la opción no estaba inscrita en SUNARP, el optante solo puede reclamar daños y perjuicios al concedente. 

Casos prácticos

Caso 1 — Opción mientras se gestiona el crédito hipotecario

Un comprador identifica un departamento en Trujillo que se ajusta a su presupuesto pero aún está en proceso de aprobación de crédito hipotecario con su banco. Para no perder la oportunidad mientras espera la respuesta del banco — que puede tomar entre 30 y 45 días —, negocia con el vendedor un contrato de opción de compra por 60 días pagando S/ 5,000 de prima a cuenta del precio. El vendedor no puede vender a nadie más durante ese período. El banco aprueba el crédito en el día 38 y el comprador ejerce la opción. Los S/ 5,000 se descuentan del precio final.
 

Caso 2 — Concedente que vende a un tercero sin inscripción registral

Al conectar equipos de mayor consumo, el sistema eléctrico de un departamento «entregado en perfectas condiciones» comienza a presentar cortocircuitos. La inspección revela que el cableado fue subdimensionado durante la construcción, incumpliendo el Reglamento Nacional de Edificaciones.

Relación con Inmuebli

En proyectos listados en Inmuebli, el equivalente práctico a la opción de compra es la separación de unidad — un instrumento más simple pero que cumple una función similar: reservar el derecho a comprar mientras el comprador completa su evaluación o gestiona su financiamiento. Nuestros asesores pueden orientarte sobre las condiciones y penalidades de separación de cada proyecto antes de comprometer cualquier monto.

Para operaciones de mayor envergadura — compra de terrenos, locales comerciales o proyectos de inversión — donde la opción de compra formal es el instrumento adecuado, nuestro equipo legal puede acompañarte en la redacción y revisión del contrato, asegurando que las cláusulas de precio, plazo, penalidades y condiciones suspensivas protejan correctamente tu posición.